Los derechos de los hijos mayores de edad son más limitados que los de los menores.  En este sentido existe la obligación por parte de los padres respecto a los hijos, de  proveer alimentos, que, mientras son menores de edad, se refiere a todo lo necesario para su educación, formación, educación y bienestar.



En derecho existe la denominada presunción de paternidad que establece lo siguiente: los hijos nacidos antes de los trescientos días siguientes a la separación, legal o de hecho, de los cónyuges se consideran hijos matrimoniales.

Bajo esta presunción,  el proceso de separación o divorcio regulará los derechos de ese hijo que va a nacer.