Desde el pasado mes de junio, aquellas personas que alquilen una vivienda puede abandonarla o rescindir el contrato de arrrendamiento a los 6 meses, según la nueva ley de arrendamiento aprobada el pasado día 6 de junio. Estas nuevas medidas están enfocadas a favorecer más al inquilino que al arrendador.

Requisitos:

1) El arrendatario o inquilino de una vivienda puede desistir del contrato de alquiler una vez hayan transcurridos al menos 6 meses de la duración del contrato, con independencia de cual sea la duración de pactada.


Un enfermo de cáncer, de 55 años y residente en Palma de Mallorca, ha presentado acciones penales contra altos cargos del Ministerio de Sanidad y de la Comunidad Autónoma de Baleares “por los daños que le ha producido el tabaco”.


El caso NOOS ha hecho renacer el debate sobre qué valor tienen como prueba los correos electrónicos. Seguramente, en este caso,  la defensa, más que negar la autenticidad de los correos enviados, negará su contenido, porque al tratarse de un procedimiento penal, las garantías para el imputado deben ser superiores que en un procedimiento civil, por lo que no resultarán,  probablemente, la única prueba de cargo.