Los derechos de los hijos mayores de edad son más limitados que los de los menores.  En este sentido existe la obligación por parte de los padres respecto a los hijos, de proveer alimentos, que, mientras son menores de edad, se refiere a todo lo necesario para su educación, formación, educación y bienestar.


Resulta de interés el contenido de una sentencia del Tribunal Supremo de 18 de marzo de 2016 en la que se recoge que a pesar de que es obligación de los padres prestarles alimentos a sus hijos, resulta ilusorio hacer valer este mandato legal cuando la situación del obligado al pago resulta tan penosa que no tiene ni para él/ella mismo/a. En tales situaciones el derecho de familia poco puede hacer al respecto debiendo de ser las administraciones públicas a través de los servicios sociales los que remedien las situaciones en que tales mínimos no se encuentren cubiertos.


En nuestro despacho no estarás solo ante el divorcio

AV Abogados es un despacho profesional con sede central en Terrassa especializado en derecho matrimonial (separaciones, divorcios y nulidades civiles y eclesiásticas), derecho de familia y derecho civil en general.

De forma totalmente innovadora este despacho de abogados ofrece tratamiento integral a la persona que se divorcia:

  1. Legal: asesoramiento legal de la situación de ruptura matrimonial o convivencial.
  2. Económico: la separación produce a menudo consecuencias económicas que suponen la venta de inmuebles y el análisis de situaciones patrimoniales complejas con las consecuentes repercusiones tributarias.
  3. Psicológico: la crisis personal afecta tanto a la pareja como a los hijos.

AV Abogados ofrece al cliente las mejores herramientas para sobrellevar esta dura situación a través de un equipo de profesionales que se encuentran a su servicio.


Tras la reforma operada en el año 2005 es innecesario hacer constar en la demanda las causas reales por las que se solicita la separación o divorcio.  La simple voluntad de uno de los cónyuges de no continuar con el matrimonio es suficiente para poder obtener la separación o el divorcio.


Sin embargo, hay causas que pueden seguir teniendo una influencia decisiva en las medidas a adoptar, como puede ser en la limitación o fijación del régimen de visitas o en la privación de la patria potestad.

Así, antiguas causas como drogodependiencias, alcoholismo o la realización de actividades delictivas pueden influir en las medidas y deben ponerse de manifiesto para valorar las medidas.

No obstante, es importante tener en cuenta que si la gravedad de los hechos alegados pudieren ser constitutivos de algún acto de violencia de género, podría llevar al Juez a ceder su competencia a favor de la del Juzgado de Violencia de la Mujer.