A día de hoy, no son pocos los buscadores de empleo que hay a lo largo y ancho de internet. Sin embargo, en muchos de ellos suele haber un buen número de ofertas de trabajo que obligan a los candidatos a renunciar a sus expectativas e incluso, en ocasiones, a su salario.


La dirección de la empresa, cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Se considerarán tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa.



La respuesta no es fácil, por un lado la relación laboral se mantiene viva mientras el juez no dicta sentencia, por lo que el trabajador tiene la obligación de acudir al trabajo aunque el empresario no cumpla con el abono del salario, por muy injusto que parezca. El no acudir al trabajo puede considerase abandono del trabajo, esto es, baja voluntaria del trabajador sin derecho a indemnización ni a la prestación por desempleo.