Mi ex vive con una nueva pareja, ¿puedo dejar de pasarle la pensión compensatoria?
Conforme al art. 101 de nuestro Código Civil, el derecho a la pensión se extingue por vivir maritalmente con otra persona. Se trata de un supuesto conflictivo y se ha complicado aún más, si cabe, con la nueva redacción de la Ley 13/2005, al haber abierto ésta la posibilidad de contraer matrimonio a las parejas del mismo sexo, y por las leyes autonómicas que regulan las uniones entre parejas no casadas.