En derecho existe la denominada presunción de paternidad que establece lo siguiente: los hijos nacidos antes de los trescientos días siguientes a la separación, legal o de hecho, de los cónyuges se consideran hijos matrimoniales.

Bajo esta presunción,  el proceso de separación o divorcio regulará los derechos de ese hijo que va a nacer.


El 21 de junio del 2011 entró en vigor la regulación legal de lospuntos de encuentro, algo largamente reivindicado por los operadores del derecho de familia puesto que desde hace muchos años  estos centros existen y subsisten gracias a iniciativas privadas que han contado con un escaso apoyo por parte, básicamente, de la administraciones locales.



En julio de 1981, fecha de la entrada en vigor de la Ley del Divorcio, debía de existir una causa, tipo infidelidad, incumplimiento de los deberes conyugales, malos tratos, alcoholismo, drogodependencia…entre otros, y si no se acreditaba la causa el juez podía denegar el divorcio.

A medida que fueron pasando los años , la sociedad española iba modernizándose y las peticiones de separaciones y divorcios empezarón a crecer de manera espectacular.