Estoy sufriendo acoso laboral ¿cómo lo puedo denunciar?

Cuando el trabajador reconoce que está siendo objeto de acoso laboral, debe tomar las siguientes medidas:

– Debe de ponerse en contacto con profesionales que puedan ayudarles a neutralizar el acoso o paliar sus efectos, como médicos o psicólogos.

– Debe de poner los hechos en conocimiento del Comité de Seguridad y Salud de la empresa  o del representante legal de los trabajadores, para que se inicie una investigación discreta y objetiva, de las acciones que la victima denuncia.

– Antes de iniciar cualquier acción legal,  el acosado debe informar a la empresa de la situación, ya que el empresario es responsable de los daños que sus trabajadores sufran en la empresa, donde la comunicación deberá realizarse por escrito y el trabajador deberá de conservar una copia en la que conste el recibí de la empresa, para que el trabajador pueda acreditar que el empresario ha tenido conocimiento de los hechos y no actuó en su defensa.

– A partir del momento en que  la empresa quede informada del acoso laboral, el trabajador deberáexigir la presencia de su asesor legalo sindical en cualquier reunión a la que sea citado, prestando atención a ese momento, porque las conductas agresivas del acosador pueden exacerbarse y la empresa puede intentar llegar a algún tipo de acuerdo.

– Se debe de presentar una denuncia ante el servicio administrativo, donde se incluirán los hechos del acoso, los datos cronológicos, los nombres de las personas involucradas, la carta de información a la empresa, los informes médicos y psicológicos o del comité que poseamos y cualquier otro dato o documento que consideremos importante.

– Cuando  el inspector acredite los hechos podrá intentar llegar a una solución consensuada oiniciar un procedimiento sancionador, porque habrá que tener en cuenta que es fácildemostrar que se  ha aislado al trabajador, que no se les paga o que no se le asignan tareas,  pero situaciones como la la humillación o la ridiculización son más difíciles de probar, pero no se deben de evitar.

– Los delitos de coacción, agresión o amenazas pueden denunciarse por la vía penal y en esta vía también podemos incluir  al empresario, aunque no haya participado activamente en el mobbing, porno haber puesto en marcha las medidas necesarias para  o frenar los daños que han recaído sobre el trabajador por el acoso laboral.

– Si el acosador era el propio empresario, podemos denunciar por la vía penal y conseguir la extinción del contrato y el resarcimiento por daños y perjuicios.