El “plan de parentalidad” es una obligación que ha impuesto el nuevo Código Civil catalán que consiste en una declaración que debe acompañar todo convenio regulador de separación o divorcio para regular el ejercicio de la potestad y guarda de los hijos menores de edad.
En el plan de parentalidad se debe especificar de qué manera se va a ejercer la guarda, compartida o de uno de los progenitores. Cómo se van a repartir las funciones del cuidado de los hijos. Dónde van a vivir, quien va ser el encargado de llevarlos y recogerlos de la escuela, cómo se van a desarrollar las visitas o estancias de quien no tiene la guarda, se puede establecer el horario de llamadas telefónicas, el tipo de educación (pública o privada) que van a recibir los menores, la asistencia a colonias o actividades extraescolares, cómo se van a repartir los días de cumpleaños de los menores y progenitores…etc, todo lo que a los menores competa. Es un documento que puede ser todo lo amplio que se quiera y que en definitiva va a regular de qué manera los progenitores van a seguir ocupándose de sus hijos.pa