El estado civil seguirá siendo casada hasta tanto en cuanto no exista una resolución judicial que conceda el divorcio o la separación y a partir de aquí el estado civil es de divorciada o separada.
El estado civil de viuda solamente se ostenta cuando fallece el esposo/a, sin que exista una separación o un divorcio legalmente fijado por sentencia. Los legalmente divorciados/as, separados/as no tienen derecho a la pensión de viudedad salvo que tengan derecho a cobrar una pensión compensatoria.