El único gasto que se debe de pagar medias por los copropietarios es el importe mensual de la hipoteca y las derramas extraordinarias de la comunidad.
El IBI, el seguro del hogar, la cuota ordinaria de la comunidad de propietarios, la tasa de residuos y demás suministros deben de ser abonados por el copropietario que tiene atribuido el uso de la vivienda familiar.